El Impuesto Único de Segunda Categoría es un tributo mensual que se aplica a determinadas rentas provenientes del trabajo dependiente, como sueldos, salarios y pensiones.
En 2026 continúa funcionando mediante una escala progresiva: a medida que aumenta la renta líquida imponible, también puede aumentar el impuesto correspondiente.
No todos los trabajadores deben pagarlo. Las rentas mensuales de hasta 13,5 UTM están exentas. A partir de ese límite comienzan a aplicarse los diferentes tramos.
¿Qué es el Impuesto Único de Segunda Categoría?
El Impuesto Único de Segunda Categoría grava principalmente las rentas obtenidas por trabajadores dependientes.
Su cálculo se realiza mensualmente y, en una relación laboral habitual, es el empleador quien determina el monto, realiza la retención y posteriormente lo declara al fisco.
Este impuesto no debe confundirse con las cotizaciones previsionales ni con el Impuesto Global Complementario, ya que corresponden a conceptos distintos.
¿Quiénes pueden pagar este impuesto?
Puede aplicarse sobre rentas provenientes de:
- Sueldos y salarios.
- Pensiones.
- Sobresueldos.
- Gratificaciones y remuneraciones afectas.
- Otras rentas asociadas al trabajo dependiente.
Para que corresponda pagar este impuesto, la renta debe superar el tramo exento establecido para el período
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Tabla del Impuesto Único de Segunda Categoría 2026
Los tramos del impuesto se expresan en UTM, por lo que su equivalencia en pesos puede cambiar durante el año.
La estructura mensual general es:
| Renta líquida imponible | Factor |
|---|---|
| Hasta 13,5 UTM | Exento |
| Más de 13,5 y hasta 30 UTM | 0,04 |
| Más de 30 y hasta 50 UTM | 0,08 |
| Más de 50 y hasta 70 UTM | 0,135 |
| Más de 70 y hasta 90 UTM | 0,23 |
| Más de 90 y hasta 120 UTM | 0,304 |
| Más de 120 y hasta 310 UTM | 0,35 |
| Sobre 310 UTM | 0,40 |
Por esta razón, no conviene utilizar durante todo el año una tabla expresada en pesos. Para realizar el cálculo correctamente debes revisar los valores correspondientes al mes de la remuneración.
Tabla del Impuesto Único para septiembre de 2026
Para septiembre de 2026, las rentas líquidas imponibles mensuales de hasta $968.233,50 están exentas.
La tabla mensual es la siguiente:
| Renta líquida imponible | Factor | Cantidad a rebajar |
|---|---|---|
| Hasta $968.233,50 | Exento | Exento |
| $968.233,51 a $2.151.630 | 0,04 | $38.729,34 |
| $2.151.630,01 a $3.586.050 | 0,08 | $124.794,54 |
| $3.586.050,01 a $5.020.470 | 0,135 | $322.027,29 |
| $5.020.470,01 a $6.454.890 | 0,23 | $798.971,94 |
| $6.454.890,01 a $8.606.520 | 0,304 | $1.276.633,80 |
| $8.606.520,01 a $22.233.510 | 0,35 | $1.672.533,72 |
| Desde $22.233.510,01 | 0,40 | $2.784.209,22 |
Importante: estos montos corresponden exclusivamente a septiembre de 2026. Para calcular el impuesto de otro mes debes revisar la tabla vigente publicada por el SII.
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Cómo calcular el Impuesto Único de Segunda Categoría
Para calcular este impuesto no basta con multiplicar el sueldo por un porcentaje.
Primero debes determinar la renta líquida imponible tributaria, identificar el tramo correspondiente y luego aplicar el factor y la cantidad a rebajar.
La fórmula es:
Impuesto = (renta líquida imponible × factor) − cantidad a rebajar
Ejemplo de cálculo
Supongamos una renta líquida imponible de $3.000.000 en septiembre de 2026.
Este monto se encuentra en el tramo comprendido entre $2.151.630,01 y $3.586.050.
Por lo tanto:
- Renta líquida imponible: $3.000.000
- Factor: 0,08
- Cantidad a rebajar: $124.794,54
Primero calculamos:
$3.000.000 × 0,08 = $240.000
Luego restamos la cantidad correspondiente:
$240.000 − $124.794,54 = $115.205,46
El Impuesto Único de Segunda Categoría sería aproximadamente de:
$115.205
Estar dentro de un tramo con factor de 8% no significa que el impuesto efectivo sea simplemente el 8% de toda la renta. La cantidad a rebajar permite ajustar el cálculo de acuerdo con la estructura progresiva del impuesto.
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¿El impuesto se calcula sobre el sueldo bruto o líquido?
El Impuesto Único de Segunda Categoría no se calcula directamente sobre el sueldo líquido que recibe el trabajador.
Para determinarlo se utiliza la renta líquida imponible tributaria, considerando las remuneraciones afectas y las deducciones que correspondan.
Por esta razón, es importante distinguir entre:
- Sueldo bruto.
- Renta imponible previsional.
- Renta líquida imponible tributaria.
- Sueldo líquido.
Aunque están relacionados, no representan el mismo monto.
Si quieres conocer cómo estos conceptos afectan la remuneración final, puedes revisar también nuestra guía sobre cómo calcular el sueldo líquido.
¿Por qué cambia la tabla durante 2026?
Los tramos del Impuesto Único de Segunda Categoría se expresan en UTM.
Como el valor de la Unidad Tributaria Mensual cambia, también varían los montos expresados en pesos que determinan cuándo una renta queda exenta o pasa al siguiente tramo.
Por ejemplo, el límite exento mensual durante algunos meses de 2026 fue:
| Mes | Límite exento |
|---|---|
| Enero 2026 | $941.638,50 |
| Junio 2026 | $965.331 |
| Agosto 2026 | $967.261,50 |
| Septiembre 2026 | $968.233,50 |
Esto no significa necesariamente que hayan cambiado los tramos tributarios. Lo que varía es su equivalencia en pesos debido al valor de la UTM.
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¿Quién retiene el Impuesto Único de Segunda Categoría?
En una relación laboral habitual, el empleador es responsable de calcular, retener y enterar al fisco el impuesto que corresponda.
El cálculo debe realizarse utilizando la tabla vigente para el período en que se paga la remuneración.
Para las empresas, la correcta determinación de impuestos, cotizaciones y otros conceptos asociados a las remuneraciones forma parte de una adecuada gestión laboral y tributaria.
Si necesitas apoyo en este proceso, puedes revisar nuestro servicio de asesoría laboral.
¿Qué pasa si tienes más de un empleador?
Cuando una persona recibe simultáneamente rentas de más de un empleador, puede ser necesario considerar conjuntamente esos ingresos para mantener la progresividad del impuesto.
Esto ocurre porque cada empleador normalmente calcula la retención considerando únicamente la remuneración que él mismo paga.
Dependiendo del caso, posteriormente puede corresponder realizar una reliquidación del impuesto.
Errores frecuentes al calcular el Impuesto Único
Usar la tabla de otro mes
Los valores expresados en pesos cambian durante el año. Siempre debes utilizar la tabla correspondiente al período de la remuneración.
Aplicar solo el porcentaje del tramo
No basta con multiplicar la renta por el factor. También debes considerar la cantidad a rebajar correspondiente.
Confundir los diferentes tipos de renta
Sueldo bruto, renta imponible previsional, renta líquida imponible tributaria y sueldo líquido no son equivalentes.
Utilizar la cifra incorrecta puede modificar completamente el cálculo.
Preguntas frecuentes sobre el Impuesto Único 2026
¿Desde qué sueldo se paga el Impuesto Único en 2026?
El impuesto comienza a aplicarse cuando la renta líquida imponible mensual supera las 13,5 UTM.
En septiembre de 2026, el tramo exento llega hasta $968.233,50. Este monto cambia según el valor de la UTM de cada mes.
¿Cuál es el porcentaje del Impuesto Único de Segunda Categoría?
No existe un único porcentaje.
El impuesto utiliza una escala progresiva con factores que van desde 4% hasta 40%, dependiendo del tramo de renta.
Para calcular el monto final también debe aplicarse la correspondiente cantidad a rebajar.
¿El Impuesto Único se descuenta todos los meses?
Sí, cuando la renta líquida imponible supera el límite exento y corresponde aplicar el impuesto.
Habitualmente es el empleador quien realiza la retención mensual.
¿Si gano menos de 13,5 UTM pago este impuesto?
No. Las rentas mensuales que no superan las 13,5 UTM se encuentran dentro del tramo exento.
¿Por qué cambia la tabla cada mes?
Porque los límites están expresados en UTM.
Al variar el valor de esta unidad, también cambia su equivalencia en pesos.
¿Dónde revisar la tabla oficial?
El Servicio de Impuestos Internos (SII) publica las tablas vigentes del Impuesto Único de Segunda Categoría para cada período.
Qué revisar antes de calcular este impuesto
Antes de realizar el cálculo debes confirmar principalmente tres datos:
1. El mes de la remuneración.
2. La renta líquida imponible.
3. El tramo correspondiente.
Luego aplica el factor indicado y resta la cantidad a rebajar correspondiente.
Si estás calculando una remuneración de otro mes de 2026, no utilices automáticamente los montos de septiembre. Revisa siempre la tabla vigente para ese período.